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ayuntamiento de oyon oion

  • PLAZA MAYOR, 5. 01320 OYÓN-OION
  • info@ayuntamientodeoyon.com

Corporación


Organigrama, corporación 2.023 - 2.027;

ALCALDE-PRESIDENTE

José Manuel Villanueva Gutiérrez (EH BILDU)

TENIENTES DE ALCALDE

  1. Primera teniente de alcalde, vicealcaldesa primera, Leire Martínez Flores.
  2. Segunda teniente de alcalde, vicealcaldesa segunda, Eva María Frías Del Val.
  3. Tercer teniente de alcalde, vicealcaldesa tercera, Leire Sáenz Verano.
  4. Cuarto teniente de alcalde, vicealcalde cuarto, Unai Bengoechea Mujica.

GRUPOS POLITICOS MUNICIPALES

- Grupo municipal EH BILDU: José Manuel Villanueva Gutiérrez, Leire Martínez Flores, Eva María Frías Del Val, Leire Sáenz Verano y Unai Bengoechea Mujica.

  • Portavoz: José Manuel Villanueva Gutiérrez.
  • Portavoz suplente: Leire Martínez Flores.

- Grupo municipal EAJ-PNV: José Antonio Tarragona, Kontxi Villanueva Gutiérrez, Sergio Rozas Núñez.

  • Portavoz: José Antonio Tarragona.
  • Portavoz suplente: Sergio Rozas Núñez.

- Grupo municipal PP: Rosa Vázquez Iglesias y Eduardo Inclán Gil.

  • Portavoz: Eduardo Inclán Gil.
  • Portavoz suplente: Rosa Vázquez Iglesias

-Grupo municipal PSE-EE-PSOE: Oscar Layana Rio.

  • Portavoz: Oscar Layana Rio

1. Régimen de periodicidad de sesiones de pleno y otras normas de funcionamiento.

Se acuerda:

  1. Fijar periodicidad mensual para las sesiones ordinarias de pleno que son públicas.
  2. Ajustar la periodicidad de las sesiones ordinarias de pleno se ajustará a las siguientes reglas:
    1. El pleno celebrará sesión ordinaria preferentemente el segundo miércoles de mes todos los meses, excepto en el mes de agosto.
    2. El miércoles anterior se celebrará jornada de comisiones.
    3. La sesión de pleno se iniciará a las 20 horas.
    4. Las sesiones extraordinarias para el sorteo de designación de integrantes de las mesas electorales se celebrarán a partir de las 9:00 para facilitar la notificación a las personas afectadas.
    5. El periodo de sesiones ordinarias concluirá con anterioridad al inicio de la campaña electoral de las elecciones municipales que supongan la renovación de la corporación.
  3. Atribuir a la alcaldía la facultad de adelantar o retrasar la fecha de celebración de la sesión ordinaria mensual por coincidir con festivos o ante acontecimientos imprevistos. El traslado de la fecha requerirá consulta previa a los portavoces de los grupos.

Votos a favor 11 (once); Jose Manuel Villanueva Gutiérrez (Eh Bildu Oion Oion), Leire Martínez Flores (Eh Bildu Oion Oion), Eva María Frías Del Val (Eh Bildu Oion Oion), Leire Saenz Verano (Eh Bildu Oion Oion), Unai Bengoechea Múgica (Eh Bildu Oion Oion), José Antonio Tarragona Elejalde (EAJ-PNV), Kontxi Villanueva Gutiérrez (EAJ-PNV), Sergio Rozas Núñez (EAJ-PNV), Eduardo Inclán Gil (PP), Rosa Vázquez Iglesias (PP) y Oscar Layana Río (PSE-EE (PSOE)).

 2. Adopción del sistema de video-acta.

 Se acuerda:

  1. Aprobar el sistema de video acta para las sesiones públicas de los órganos colegiados del ayuntamiento.
  2. La vídeo-acta se define un documento electrónico y multimedia, compuesto al menos por los siguientes elementos:
    1. Acta sucinta que comprende los siguientes datos: lugar, fecha y hora de la celebración de la sesión; su indicación del carácter ordinario o extraordinario; los asistentes y los integrantes que se hubieran excusado; así como el contenido de los acuerdos alcanzados, en su caso, y las opiniones sintetizadas de los integrantes de la Corporación que hubiesen intervenido en las deliberaciones e incidencias, con expresión del sentido del voto de los integrantes presentes.
    2. Documento audiovisual: Grabación en vídeo de todo lo ocurrido en la sesión que contiene audio e imágenes. Este documento recoge la literalidad de las intervenciones de cada uno de las personas que intervienen (normalmente concejales y concejalas), y se integra en el documento electrónico de forma enlazada.
    3. Firma electrónica: la firma electrónica de curso legal de la persona que ostenta la Secretaría de la sesión y que dota de fehaciencia y efectos de Derecho al documento. En el caso de las sesiones de los plenos municipales, la Vídeo Acta la firma la persona titular de la secretaría del ayuntamiento y en su caso la alcaldía presidencia.
  3. La sesión grabada se retransmitirá en directo. El audiovisual estará alojado en la página web municipal y podrá ser consultado libremente.

Votos a favor 11 (once); Jose Manuel Villanueva Gutiérrez (Eh Bildu Oion Oion), Leire Martínez Flores (Eh Bildu Oion Oion), Eva María Frías Del Val (Eh Bildu Oion Oion), Leire Saenz Verano (Eh Bildu Oion Oion), Unai Bengoechea Múgica (Eh Bildu Oion Oion), José Antonio Tarragona Elejalde (EAJ-PNV), Kontxi Villanueva Gutiérrez (EAJ-PNV), Sergio Rozas Núñez (EAJ-PNV), Eduardo Inclán Gil (PP), Rosa Vázquez Iglesias (PP) y Oscar Layana Río (PSE-EE (PSOE)).

 3. Constitución de la Comisión Especial de Cuentas.

Se acuerda:

  1. Constituir la comisión especial de Cuentas que se compondrá e integrará de acuerdo a lo establecido para las comisiones informativas y dictaminadoras permanentes.
  2. La comisión informativa permanente para los asuntos relativos a economía y hacienda asumirá las funciones de la comisión especial de cuentas.

Votos a favor 11 (once); Jose Manuel Villanueva Gutiérrez (Eh Bildu Oion Oion), Leire Martínez Flores (Eh Bildu Oion Oion), Eva María Frías Del Val (Eh Bildu Oion Oion), Leire Saenz Verano (Eh Bildu Oion Oion), Unai Bengoechea Múgica (Eh Bildu Oion Oion), José Antonio Tarragona Elejalde (EAJ-PNV), Kontxi Villanueva Gutiérrez (EAJ-PNV), Sergio Rozas Núñez (EAJ-PNV), Eduardo Inclán Gil (PP), Rosa Vázquez Iglesias (PP) y Oscar Layana Río (PSE-EE (PSOE)).

 4. Creación y composición de las comisiones informativas dictaminadoras permanentes.

Comisión Informativa de Educación, obras y servicios y medio ambiente, asuntos de su competencia:

  • Seguimiento de los servicios de educación (Colegio Público "Ramiro de Maeztu", San Bizente ikastola Soc. Coop. Haur Eskola Nemo), seguimiento de los servicios y programas en materia de infancia (escuelas infantiles, guarderías, etc..).
  • Obras y Servicios y Medio ambiente: Control y vigilancia de ríos (vertidos), red de aguas pluviales, control y mantenimiento del servicio de piscinas municipales, recogida y tratamiento de residuos (domiciliarios, industriales...), recogida de vidrio, cartón y otro tipo de residuos, recuperación de áreas degradadas, repoblación forestal, conservación y mantenimiento de infraestructuras (alumbrado público, trafico, ...) limpieza viaria, conservación y mantenimiento de zonas verdes (parques, jardines, arbolado, y mobiliario urbano...), fomento y desarrollo agrario (vialidad agraria, fincas rústicas de propiedad municipal...) comunicación con Comunidad de Regantes. Seguimiento de la actividad del Consorcio de Aguas de Rioja Alavesa.
  • Esta comisión asumirá las funciones de la comisión para la sostenibilidad energética prevista en el artículo 9 de la La Ley 4/2019, de 21 de febrero, de sostenibilidad energética de la Comunidad Autónoma Vasca.

Comisión Informativa de Bienestar social, igualdad, sanidad y asociaciones, asuntos de su competencia:

  • Bienestar Social: Seguimiento de los servicios de sanidad y Bienestar Social, movimiento asociativo local; asistencia y bienestar social, atención a la mujer, tercera edad (atención domiciliaria, pisos tutelados...), minusvalías, minorías…Hogar de la Tercera Edad, Asociación Santa María, Residencia de Ancianos.

Comisión Informativa de Turismo, juventud y festejos, asuntos de su competencia:

  • Fomento del turismo (folletos, guías, rutas turísticas...), fomento de la artesanía.
  • Seguimiento de los servicios en materia de juventud y colaboración con el movimiento asociativo juvenil. Prevención de drogodependencias.
  • Fiestas populares

Comisión Informativa de Cultura, euskera y deportes, asuntos de su competencia:

  • Cultura: Planes de desarrollo cultural (gestión y actividades), patrimonio cultural (conservación y explotación del archivo municipal, trabajos de investigación...), actividades de difusión cultural (exposiciones, conferencias, sesiones educativas...) biblioteca municipal, cine.
  • - Euskera: Promoción y difusión del euskera. Oiongo euskaltegia, Mesa municipal del euskera, (euskaldunización).
  • Fomento del deporte (federado, recreativo y escolar), escuelas de iniciación deportiva, control y mantenimiento de las instalaciones deportivas municipales excepto piscinas.

Comisión Informativa de Economía, Hacienda y empleo y Urbanismo, asuntos de su competencia:

  • Economía y Hacienda: Desarrollo de la actividad económico financiera, desarrollo fiscal y tributario, desarrollo de la función contable y ejecución del presupuesto, elaboración de planes de inversión, concertación de acciones con otras instituciones y cofinanciación, convenios de colaboración y financiación con Gobierno Vasco — Eusko Jaurlaritza, Diputación Foral de Álava y Cuadrilla de Rioja Alavesa. Financiación de obras de infraestructura. Control y seguimiento de las obras incluidas en Plan Foral y otros planes de inversión.
  • El examen, estudio e informe de todas las cuentas, presupuestarias y extrapresupuestarias, que deba aprobar el pleno de la corporación, de acuerdo con lo establecido en la legislación reguladora de la contabilidad de las entidades locales, en su condición de Comisión especial de Cuentas.
  • Régimen Interior y Personal: Asistencia a la Jefatura Superior de Personal en asuntos relativos a plantilla de personal, relación de los puestos de trabajo, organización del trabajo y asignación de funciones. Retribuciones y jornada laboral. Oferta anual de empleo público, convocatorias y concursos para la provisión de los puestos de trabajo. Creación de bolsas de trabajo. Contratación del personal laboral. Expedientes disciplinarios. Declaración de situaciones administrativas, así como in jubilación de todo el personal. Negociación colectiva. Revisiones médicas, prevención de riesgos laborales y salud laboral. Ayudas económicas y atenciones sociales. Control del patrimonio municipal (inventario, títulos de propiedad, planos, control y mantenimiento de las instalaciones municipales - estadillos, control de material no inventariable.
  • Urbanismo: Aprobación de los instrumentos de planeamiento y desarrollo urbanístico, protección del medio ambiente, otorgamiento de licencias urbanísticas (obras de nueva planta, obras de adaptación y reforma, licencias de actividad...). Control y seguimiento de los expedientes de licencias urbanísticas (obras de nueva planta, obras de adaptación y reforma, licencias de actividad...).

Se acuerda:

  1. Aprobar la creación de las comisiones informativas dictaminadoras permanentes descritas en los antecedentes (en adelante comisiones) y que serán competentes sobre los asuntos que se indica.
    1. Comisión informativa dictaminadora de educación, obras y servicios y medio ambiente.
    2. Comisión informativa dictaminadora de bienestar social, igualdad, sanidad y asociaciones.
    3. Comisión informativa dictaminadora de turismo, juventud y festejos.
    4. Comisión informativa dictaminadora de Cultura, euskera y deportes.
    5. Comisión informativa dictaminadora de economía, hacienda y empleo y urbanismo.
  2. Aprobar la creación de la comisión informativa dictaminadora no permanente de Participación.
  3. Establecer la siguiente regulación sobre las comisiones:
    1. Las comisiones son órganos sin atribuciones resolutorias que tienen por función el estudio, informe o consulta de los asuntos que hayan de ser sometidos a la decisión del Pleno salvo cuando se adopten acuerdos declarados urgentes.
    2. Será de su competencia el seguimiento de la gestión de la alcaldía, sin perjuicio de las competencias de control que correspondan al Pleno.
    3. Son atribuciones de las comisiones el tratamiento de las peticiones y suministro de información que recaben los diferentes grupos políticos, siempre que la corporación o alguno de sus integrantes dispongan o esté en condiciones de disponer de la información solicitada.
  4. Establecer la siguiente composición de las comisiones:
    1. Grupo Eh Bildu Oion Oion: 2 integrantes (voto ponderado: 5 votos).
    2. Grupo EAJ-PNV: 1 integrante (voto ponderado: 3 votos).
    3. Grupo PP: 1 integrante (voto ponderado: 2 votos).
    4. Grupo PSE-EE-PSOE: 1 integrante (voto ponderado: 1 voto).
    5. Aplicar cuando sea necesario adoptar decisiones el sistema del voto ponderado toda vez que no es posible trasladar la proporcionalidad del pleno y respetar la presencia de todos los grupos en las comisiones.
  5. La adscripción concreta a cada comisión se realizará mediante escrito del portavoz dirigido a la alcaldía y del que se dará cuenta al pleno. Podrá designarse un suplente por cada titular.
  6. Aplicar las siguientes reglas a las sesiones de comisiones:
    1. La periodicidad para las sesiones de comisiones será mensual.
    2. Las sesiones de comisiones no serán públicas y se desarrollarán en una única jornada que se celebrará preferentemente el miércoles anterior a la celebración de la sesión de pleno y con el siguiente orden:
      1. Comisión de educación, obras y servicios y medio ambiente.
      2. Comisión de bienestar social, igualdad, sanidad y asociaciones.
      3. Comisión de turismo, juventud y festejos.
      4. Comisión de cultura, euskera y deportes.
      5. Comisión de economía, hacienda y empleo y urbanismo.
    3. La sesión de la primera comisión se iniciará en primera convocatoria a las 18:45 horas. La hora de cortesía para el inicio de la sesión será las 19:30.
    4. Atribuir al órgano convocante la facultad de adelantar o retrasar la fecha de celebración de la sesión por coincidir con festivos o ante acontecimientos imprevistos. El traslado de la fecha requerirá comunicación previa.
    5. El periodo de sesiones ordinarias concluirá con anterioridad al inicio de la campaña electoral de las elecciones municipales que supongan la renovación de la corporación.
    6. Se prohíbe grabar y difundir o hacer trascender a la opinión pública lo que se grabe pues las sesiones de las comisiones informativas no son públicas.
    7. Esta prohibición será levantada para una concreta sesión por decisión de la presidencia a petición de cualquiera de las personas asistentes.

Votos a favor 11 (once); Jose Manuel Villanueva Gutiérrez (Eh Bildu Oion Oion), Leire Martínez Flores (Eh Bildu Oion Oion), Eva María Frías Del Val (Eh Bildu Oion Oion), Leire Saenz Verano (Eh Bildu Oion Oion), Unai Bengoechea Múgica (Eh Bildu Oion Oion), José Antonio Tarragona Elejalde (EAJ-PNV), Kontxi Villanueva Gutiérrez (EAJ-PNV), Sergio Rozas Núñez (EAJ-PNV), Eduardo Inclán Gil (PP), Rosa Vázquez Iglesias (PP) y Oscar Layana Río (PSE-EE (PSOE)).

Sr. alcalde: No hemos fijado una periodicidad para la comisión de Participación, aunque hemos previsto una periodicidad semestral.

5. Creación, composición y regulación de la Junta de portavoces.

Se acuerda:

  1. Aprobar la creación, composición y regulación sobre la junta de portavoces que se detalla:
    1. La junta de portavoces es un órgano municipal complementario, colegiado, y de carácter consultivo, integrado por la alcaldía y los portavoces de los grupos municipales constituidos. La junta de portavoces en ningún caso ejercerá competencias resolutorias ni podrá recibir delegaciones de ningún órgano municipal.
    2. Son funciones de la Junta de portavoces:
      • Acceder a las informaciones que la alcaldía les proporcione para su difusión entre los integrantes de su grupo; Cualquier información suministrada a la Junta, transcurridas veinticuatro horas, se presumirá conocida por las concejalas y los concejales.
      • Encauzar las peticiones de los grupos en relación con su funcionamiento y con su participación en los debates corporativos, y consensuar el régimen de los debates en sesiones determinadas.
      • Realizar declaraciones institucionales de felicitación, satisfacción, condena, protesta, sentimiento, pesar, solidaridad, etc.
      • Colaborar, si la alcaldía lo considera conveniente, en la preparación de los órdenes del día de las sesiones plenarias y de aquellas otras materias que hacen referencia a las relaciones entre los grupos, o entre los grupos y la alcaldía.
    3. Las convocatorias de la junta de portavoces únicamente corresponden a la alcaldía y deberán ser notificadas con una antelación de veinticuatro horas, salvo las urgentes. No es necesario acompañar orden del día.
    4. La válida celebración de las sesiones requiere la presencia de la mayoría absoluta de sus integrantes, en primera convocatoria y un mínimo de tres integrantes en segunda convocatoria quince minutos más tarde.
    5. La alcaldía podrá requerir la presencia, en sus sesiones, de personal o integrantes de la corporación a efectos informativos.
    6. Las sesiones de la Junta de Portavoces no serán públicas y tendrán siempre carácter meramente deliberante, y los acuerdos que se alcancen obligarán a los grupos que la integran, pero carecerán de fuerza de obligar ante terceros.
    7. De cada sesión se podrá levantar acta en la que consten los extremos a que se refieren los apartados a), b), c), d), e), h) y j) del artículo 109.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. Se podrá incorporar al acta cualquier documento que con fines operativos pueda redactarse por los integrantes de la Junta o funcionarios que les asistan.
    8. Las sesiones de la junta de portavoces reúnen la condición de sesiones de órgano colegiado a los efectos de lo dispuesto en el artículo 75.3 de la Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local en consecuencia los concejales que no tengan dedicación exclusiva ni dedicación parcial podrán percibir asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones de la Junta de Portavoces.
    9. En todo lo no previsto serán de aplicación de forma supletoria las disposiciones sobre funcionamiento de los órganos complementarios.

 Votos a favor 11 (once); Jose Manuel Villanueva Gutiérrez (Eh Bildu Oion Oion), Leire Martínez Flores (Eh Bildu Oion Oion), Eva María Frías Del Val (Eh Bildu Oion Oion), Leire Saenz Verano (Eh Bildu Oion Oion), Unai Bengoechea Múgica (Eh Bildu Oion Oion), José Antonio Tarragona Elejalde (EAJ-PNV), Kontxi Villanueva Gutiérrez (EAJ-PNV), Sergio Rozas Núñez (EAJ-PNV), Eduardo Inclán Gil (PP), Rosa Vázquez Iglesias (PP) y Oscar Layana Río (PSE-EE (PSOE)).

Sr. alcalde: Me gustaría que la junta de portavoces empezará a funcionar de manera inmediata.

6. Designación de representantes municipales en Cuadrilla de Rioja Alavesa.

Antecedentes:

Se acuerda:

  1. Designar Junteros de la Cuadrilla de Laguardia - Rioja Alavesa a las siguientes concejalas y concejales propuestos por los portavoces de los grupos municipales: Jose Manuel Villanueva Gutiérrez (Eh Bildu Oion Oion), Leire Martínez Flores (Eh Bildu Oion Oion), José Antonio Tarragona Elejalde (EAJ-PNV), Eduardo Inclán Gil (PP) y Oscar Layana Río (PSE-EE (PSOE)).
  2. El ayuntamiento de Oyón-Oion solicitará a la Cuadrilla de Laguardia - Rioja Alavesa que indique expresamente si prevé satisfacer algún derecho económico o indemnización por asistencia a sus reuniones.

Votos a favor 11 (once); Jose Manuel Villanueva Gutiérrez (Eh Bildu Oion Oion), Leire Martínez Flores (Eh Bildu Oion Oion), Eva María Frías Del Val (Eh Bildu Oion Oion), Leire Saenz Verano (Eh Bildu Oion Oion), Unai Bengoechea Múgica (Eh Bildu Oion Oion), José Antonio Tarragona Elejalde (EAJ-PNV), Kontxi Villanueva Gutiérrez (EAJ-PNV), Sergio Rozas Núñez (EAJ-PNV), Eduardo Inclán Gil (PP), Rosa Vázquez Iglesias (PP) y Oscar Layana Río (PSE-EE (PSOE)).

7. Designación de representantes municipales en organizaciones supramunicipales Consorcio de Aguas de Rioja Alavesa, Consorcio Haurreskolak y Euskal Fondoa.

Antecedentes:

  1. Regulación normativa:
    1. Ley 7/85, arts. 21, y 22.
    2. ROF, arts. 41 y 42.
  2. El Pleno ostenta entre otras las siguientes atribuciones: los acuerdos relativos a la participación en organizaciones supramunicipales; Así es competencia del pleno el nombramiento de representantes en
    1. Consorcio de Aguas de Rioja Alavesa
    2. Consorcio Haurreskolak.
    3. Euskal Fondoa.
  3. Acuerdo adoptado en sesión de 5 de julio de 2023 sobre aprobación del procedimiento para la adopción de acuerdos de elección de personas.

De acuerdo con el resultado de la votación el ayuntamiento de Oyón-Oion acuerda:

  1. Designar vocales representantes del ayuntamiento de Oyón-Oion en la asamblea del Consorcio de Aguas de Rioja Alavesa a Jose Manuel Villanueva Gutiérrez (Eh Bildu Oion Oion) como titular y a Leire Martínez Flores (Eh Bildu Oion Oion).

De acuerdo con el resultado de la votación el ayuntamiento de Oyón-Oion acuerda:

  1. Designar vocales representantes del ayuntamiento de Oyón-Oion en la asamblea del Consorcio Haurreskolak Eva María Frías Del Val Eh Bildu Oion Oion) como titular y Leire Saenz Verano Eh Bildu Oion Oion) como suplente.
  2. El ayuntamiento de Oyón-Oion solicitará del Consorcio Haurreskolak que indique expresamente si prevé satisfacer algún derecho económico o indemnización por asistencia a sus reuniones.
  3. Designación de representante municipal en Euskal Fondoa, Asociación de Entidades Locales Vascas Cooperantes

De acuerdo con el resultado de la votación el ayuntamiento de Oyón-Oion acuerda:

  1. Designar vocales representantes del ayuntamiento de Oyón-Oion en la asamblea Euskal Fondoa/Asociación de Entidades Locales Vascas Cooperantes a Oscar Layana Río (PSE-EE (PSOE)) como titular y a Jose Manuel Villanueva Gutiérrez (Eh Bildu Oion Oion) como suplente.

El ayuntamiento de Oyón-Oion solicitará de Euskal Fondoa que indique expresamente si prevé satisfacer algún derecho económico o indemnización por asistencia a sus reuniones.

8. Composición de la mesa de contratación del pleno como órgano de contratación.

Se acuerda:

  1. Aprobar la siguiente composición de la mesa de contratación del pleno como órgano de contratación:
    1. Presidente titular: el alcalde, José Manuel Villanueva Gutiérrez, suplente Leire Martínez Flores.
    2. Vocal responsable de Secretaría – Intervención titular, Alfredo S. Sastre de Abajo. Vocal responsable de Secretaría – Intervención suplente María Jesús Mansilla Delgado, funcionaria de carrera de la corporación.
      III. Secretaría titular de la mesa de contratación, María Jesús Mansilla Delgado, funcionaria de carrera de la corporación. Secretaría suplente de la mesa de contratación, Sara Martínez Gallego, funcionaria de carrera de la corporación.

Votos a favor 5 (cinco); Jose Manuel Villanueva Gutiérrez (Eh Bildu Oion Oion), Leire Martínez Flores (Eh Bildu Oion Oion), Eva María Frías Del Val (Eh Bildu Oion Oion), Leire Saenz Verano (Eh Bildu Oion Oion) y Unai Bengoechea Múgica (Eh Bildu Oion Oion).
Abstenciones: 6 (seis); José Antonio Tarragona Elejalde (EAJ-PNV), Kontxi Villanueva Gutiérrez (EAJ-PNV), Sergio Rozas Núñez (EAJ-PNV), Eduardo Inclán Gil (PP), Rosa Vázquez Iglesias (PP) y Oscar Layana Río (PSE-EE (PSOE)).

9. Normas sobre celebración de matrimonios civiles

Se acuerda:

  1. Aprobar las siguientes normas sobre celebración de matrimonios civiles:
    1. Los locales para autorizar las bodas civiles son la alcaldía y el salón de plenos.
    2. El calado de la Casa Consistorial es un espacio que no cumple la normativa de accesibilidad y por este motivo no se puede ofertar. No obstante, si las personas lo solicitan se consentirá el uso con la advertencia sobre sus limitaciones de accesibilidad.
    3. La participación como autorizante del alcalde o concejal en una boda no generará derecho percibir indemnizaciones por los gastos ocasionados (gastos de viaje, desplazamiento y manutención) en el ejercicio de sus funciones.

Votos a favor 11 (once); Jose Manuel Villanueva Gutiérrez (Eh Bildu Oion Oion), Leire Martínez Flores (Eh Bildu Oion Oion), Eva María Frías Del Val (Eh Bildu Oion Oion), Leire Saenz Verano (Eh Bildu Oion Oion), Unai Bengoechea Múgica (Eh Bildu Oion Oion), José Antonio Tarragona Elejalde (EAJ-PNV), Kontxi Villanueva Gutiérrez (EAJ-PNV), Sergio Rozas Núñez (EAJ-PNV), Eduardo Inclán Gil (PP), Rosa Vázquez Iglesias (PP) y Oscar Layana Río (PSE-EE (PSOE)).

JMV: El calado tiene un precio, sábado o domingo tiene un precio.

10. Aprobación de los criterios para la tramitación de las mociones

Se acuerda:

  1. Aprobar los criterios en la tramitación de las mociones:
    1. Las mociones se presentarán no más tarde de las 14:00 el último viernes del mes anterior para su inclusión en el orden del día de la sesión ordinaria de pleno.
    2. Por parte de secretaría se remitirá por email al resto de portavoces de los grupos.
    3. Únicamente las concejalas y los concejales y los grupos políticos tienen derecho a presentar mociones, proposiciones, defender votos particulares o enmiendas a los dictámenes o a formular ruegos y preguntas durante la sesión.
    4. Las mociones se tratarán para ser consensuadas en la sesión ordinaria de comisiones previa a la sesión ordinaria de pleno.
  2. Darse por enterado el pleno de la regulación sobre la intervención de asociaciones vecinales y público en las sesiones plenarias:
    1. La intervención de una asociación vecinal en la sesión de pleno se ajustará a lo dispuesto en el artículo 228 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
    2. Es facultad de la alcaldía establecer un turno de ruegos y preguntas por el público asistente a la conclusión de la sesión de pleno.
    3. Las peticiones o propuestas vecinales de actuación municipal se encauzarán de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 231 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Votos a favor: 7 (siete); Jose Manuel Villanueva Gutiérrez (Eh Bildu Oion Oion), Leire Martínez Flores (Eh Bildu Oion Oion), Eva María Frías Del Val (Eh Bildu Oion Oion), Leire Saenz Verano (Eh Bildu Oion Oion), Unai Bengoechea Múgica (Eh Bildu Oion Oion), Eduardo Inclán Gil (PP) y Rosa Vázquez Iglesias (PP).
Abstenciones: 5 (cinco); José Antonio Tarragona Elejalde (EAJ-PNV), Kontxi Villanueva Gutiérrez (EAJ-PNV), Sergio Rozas Núñez (EAJ-PNV) y Oscar Layana Río (PSE-EE (PSOE))

11. Percepción económica por asistencia efectiva a sesiones de órganos colegiados.

Se acuerda:

  1. Aplicar el siguiente régimen económico por asistencia a sesiones de órganos colegiados:
    1. Los concejalas y concejales que no tengan dedicación exclusiva ni dedicación parcial percibirán pagos por la concurrencia efectiva a las sesiones de órganos colegiados que estarán determinados por un componente fijo y otro variable. Mediante el componente fijo, idéntico para todos los representantes municipales, se retribuirá la asistencia efectiva a los órganos colegiados y reuniones o a actividades derivadas del ejercicio de su cargo. A través del componente variable, se diferenciarán las funciones relacionadas con la responsabilidad del cargo representativo en las siguientes cuantías:
      1. Importe fijo por asistencia a sesión de pleno: 50 euros.
      2. Importe fijo por asistencia a sesión ordinaria de comisión informativa: 50 euros.
      3. Importe fijo por asistencia a sesión de Junta de Portavoces: 25 euros.
    2. Los límites máximos anuales que cada corporativo podrá percibir en concepto de asistencias serán:
      1. Límite máximo anual por asistencia a sesión de pleno: 14 x 50 euros.
      2. Límite máximo anual por asistencia a sesión de comisión informativa 12 x 50 euros.
      3. Límite máximo anual por asistencia a sesión de Junta de Portavoces: 18 x 25 euros.
    3. La no asistencia a las sesiones implica siempre la pérdida del derecho a la percepción. La asistencia se acreditará mediante la firma del parte justificativo.
    4. La liquidación y devengo de la asignación es semestral. Las cantidades se abonarán en la cuenta bancaria que designe la persona interesada. En la cuenta bancaria designada será uno de los titulares de la cuenta la persona interesada.
    5. Los pagos por asistencias se pueden abonar si lo solicita la persona interesada en la cuenta bancaria cuyo titular es el grupo municipal.
  2. Dotar de eficacia a este acuerdo a partir del día siguiente a la fecha de su adopción sin que en ningún caso tenga carácter retroactivo y hasta la fecha de finalización de este mandato corporativo.
  3. Este acuerdo implica la modificación del artículo 27 del Capítulo III de la Norma municipal de ejecución presupuestaria 2023. El presente régimen de indemnizaciones podrá ser modificado por acuerdo de pleno.
  4. Todas las cantidades que se abonen por los conceptos previstos en los apartados anteriores estarán sujetas a retención del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  5. Someter a exposición pública mediante inserción de anuncio en el BOTHA, y en el tablón municipal de anuncios.
  6. Solicitar a todas las instituciones, entidades y sociedades en las que nombra representante que indiquen expresamente si prevén satisfacer algún derecho económico o indemnización por asistencia a sus reuniones.

Sr. alcalde: Se ha eliminado el complemento de las presidencias de las comisiones. La estimación de gasto por asistencia a sesiones asciende a 10.100 euros, 9.900 euros por asistencia a comisiones y plenos y 200 euros por asistencia a comisión de Participación. Es necesaria la modificación del presupuesto para dotar este gasto porque el presupuesto aprobado recoge únicamente saldo para asistencia hasta mayo

Votos a favor 11 (once); Jose Manuel Villanueva Gutiérrez (Eh Bildu Oion Oion), Leire Martínez Flores (Eh Bildu Oion Oion), Eva María Frías Del Val (Eh Bildu Oion Oion), Leire Saenz Verano (Eh Bildu Oion Oion), Unai Bengoechea Múgica (Eh Bildu Oion Oion), José Antonio Tarragona Elejalde (EAJ-PNV), Kontxi Villanueva Gutiérrez (EAJ-PNV), Sergio Rozas Núñez (EAJ-PNV), Eduardo Inclán Gil (PP), Rosa Vázquez Iglesias (PP) y Oscar Layana Río (PSE-EE (PSOE)).

12. Indemnizaciones por gastos ocasionados. Tiempo indispensable para el ejercicio de las funciones públicas.

Se acuerda:

  1. Reconocer el derecho de las concejalas y los concejales a percibir indemnizaciones por los gastos ocasionados (gastos de viaje, desplazamiento y manutención) en el ejercicio de sus funciones, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
    1. Que sean previamente autorizados por la alcaldía.
    2. Que sean efectivos, que realmente se hayan producido y que estén justificados documentalmente.
  2. Regular el derecho a percibir indemnizaciones por los gastos de manera similar al derecho de los empleados públicos a ser indemnizados por los gastos realizados por razón del servicio y aplicar supletoriamente el Decreto 16/1993, sobre indemnizaciones por razón de servicio con sus modificaciones realizadas por el Decreto 515/1995 de 19 de diciembre, por el Decreto 267/2000 de 19 de diciembre y por el Decreto 121/2006 de 13 de junio. 
  3. Mantener la suscripción de póliza de accidentes cuyos beneficiarios son las concejalas y los concejales.
  4. Entender por tiempo indispensable para el ejercicio de las funciones públicas de todos las concejalas y los concejales de Oyón-Oion el tiempo dedicado a la asistencia y participación en los órganos colegiados, el tiempo dedicado a tareas representativas, funciones delegadas o asistencias a reuniones con otras instituciones o con entidades o asociaciones ciudadanas, así como en cualquier otra actividad propia de su cargo, atendiendo, en su caso, a las previsiones que en relación con los citados derechos pudieran preverse en la legislación laboral, así como en la de función pública. En ningún caso este tiempo se estima inferior a 90 (noventa) horas trimestrales.
  5. La liquidación y devengo de las indemnizaciones es mensual. Las cantidades se abonarán en la cuenta bancaria que designe la persona interesada. En la cuenta bancaria designada será uno de los titulares de la cuenta la persona interesada.
  6. Los pagos por indemnizaciones se pueden abonar si lo solicita la persona interesada en la cuenta bancaria cuyo titular es el grupo municipal.
  7. Dotar de eficacia a este acuerdo a partir del 19 de junio de 2023 y hasta la fecha de finalización de este mandato corporativo.
  8. Este acuerdo implica la modificación del artículo 27 del Capítulo III de la Norma municipal de ejecución presupuestaria 2023. El presente régimen de indemnizaciones podrá ser modificado por acuerdo de pleno.
  9. Todas las cantidades que se abonen por los conceptos previstos en los apartados anteriores estarán sujetas a retención del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  10. Someter a exposición pública mediante inserción de anuncio en el BOTHA, y en el Tablón municipal de anuncios.
  11. Solicitar a todas las instituciones, entidades y sociedades en las que nombra representante que indiquen expresamente si prevén satisfacer algún derecho económico o indemnización por asistencia a sus reuniones.

Votos a favor 6 (seis); Jose Manuel Villanueva Gutiérrez (Eh Bildu Oion Oion), Leire Martínez Flores (Eh Bildu Oion Oion), Eva María Frías Del Val (Eh Bildu Oion Oion), Leire Saenz Verano (Eh Bildu Oion Oion), Unai Bengoechea Múgica (Eh Bildu Oion Oion) y Oscar Layana Río (PSE-EE (PSOE)).
Abstenciones: 5 (cinco); José Antonio Tarragona Elejalde (EAJ-PNV), Kontxi Villanueva Gutiérrez (EAJ-PNV), Sergio Rozas Núñez (EAJ-PNV), Eduardo Inclán Gil (PP) y Rosa Vázquez Iglesias (PP).

13. Dotación de medios a los grupos políticos.

Antecedentes:

  1. Regulación normativa:
    1. Ley 7/85, art 73 apartado 3.
    2. ROF arts. 17, 18, 27 y 28.

Se acuerda:

  1. Dotar a los grupos municipales de los siguientes despachos o locales de uso compartido para reunirse de manera independiente y recibir visitas de ciudadanos.
    1. Sala en el archivo municipal en Plaza Mayor, 1 acceso por calle Diputación.
    2. El régimen concreto de utilización del local por parte de los grupos políticos será fijado por la alcaldía oída la Junta de portavoces teniendo en cuenta la necesaria coordinación funcional y de acuerdo con los niveles de representación política de cada uno de ellos.
    3. No se permitirá este tipo de reuniones coincidiendo con sesiones de órganos colegiados del ayuntamiento.
  2. Asignar a los Grupos Políticos constituidos en el ayuntamiento de Oyón-Oion una dotación mensual que contará con un componente fijo, 100 euros idéntico para todos ellos, y un componente variable, 50 euros por concejal en función del número de concejalas y concejales de cada uno de los grupos; Así de acuerdo con los grupos constituidos las dotaciones a los grupos serán:
    • Grupo municipal Eh Bildu Oion Oion: 100 + [50 x 5 = 250] = 350 euros mensuales.
    • Grupo municipal EAJ-PNV: 100 + [50 x 3 = 150]= 250 euros mensuales.
    • Grupo municipal PP: 100 + [50 x 2= 100] = 200 euros mensuales.
    • Grupo municipal PSE-EE-PSOE: 100 + [50 x 1= 50]= 150 euros mensuales.
  3. Las dotaciones económicas a favor de los grupos municipales se ajustarán a lo siguiente:
    1. Las dotaciones han de servir exclusivamente para financiar la actividad o promoción del grupo (alquileres, comunicaciones, imprenta, suscripciones, boletín informativo, gastos por servicios prestados por partido político, gastos representación, contratación personal, etc.). En ningún caso podrá destinarse al pago de remuneraciones de personal de cualquier tipo al servicio de la corporación y tampoco podrá destinarse a la adquisición de bienes que puedan constituir activos fijos de carácter patrimonial.
    2. Los grupos municipales habrán de llevar una contabilidad específica de la dotación económica, que pondrán a disposición del pleno a efectos de dar cuenta de la gestión durante los veinte primeros días de diciembre de 2024, durante los veinte primeros días de diciembre de 2026 y durante los veinte primeros días de abril de 2027 sin que sea necesario requerimiento previo El incumplimiento de esta obligación implicará la suspensión automática del abono de la dotación del grupo.
    3. La liquidación y devengo de la dotación por grupo será semestral. Las variaciones, en su caso, en la composición de los grupos se compensarán en el semestre siguiente.
    4. La dotación se abonará en la cuenta bancaria que mediante escrito designe el portavoz. El titular de la cuenta bancaria será el grupo municipal. El portavoz del grupo designará así mismo el concejal responsable de fondos del grupo que aceptará esta responsabilidad, si no hay designación expresa el portavoz será el concejal responsable de fondos.
    5. El incumplimiento de los requisitos formales indicados en el apartado anterior sobre titularidad de cuenta y designación de responsable de fondos supondrá que no se genere devengo semestral y la pérdida del derecho a la dotación del semestre correspondiente si persiste el incumplimiento una vez haya vencido el ejercicio presupuestario.
  4. Dotar de eficacia a este acuerdo a partir del día siguiente a la fecha de su adopción sin que en ningún caso tenga carácter retroactivo y hasta la fecha de finalización de este mandato corporativo.
  5. Este acuerdo implica la modificación del artículo 29, Capítulo III de la Norma municipal de ejecución presupuestaria 2023.
  6. Someter a exposición pública mediante inserción de anuncio en el BOTHA, y en el tablón municipal de anuncios.

Votos a favor 10 (diez); Jose Manuel Villanueva Gutiérrez (Eh Bildu Oion Oion), Leire Martínez Flores (Eh Bildu Oion Oion), Eva María Frías Del Val (Eh Bildu Oion Oion), Leire Saenz Verano (Eh Bildu Oion Oion), Unai Bengoechea Múgica (Eh Bildu Oion Oion), José Antonio Tarragona Elejalde (EAJ-PNV), Kontxi Villanueva Gutiérrez (EAJ-PNV), Sergio Rozas Núñez (EAJ-PNV), Eduardo Inclán Gil (PP) y Rosa Vázquez Iglesias (PP).
Abstención: 1 (una); Oscar Layana Río (PSE-EE (PSOE)).

14. Resoluciones de alcaldía sobre nombramientos de Tenencias de alcaldía y otras cuestiones organizativas.

Sr. alcalde da cuenta de las varias resoluciones de alcaldía sobre nombramientos de Tenencias de alcaldía y otras cuestiones organizativas que se transcriben:

Asunto: Nombramientos de tenencias de alcaldía o vice alcaldías.
Fecha: 26 de junio de 2023.

Por esto resuelvo:

  1. Designar primera teniente de alcalde, vicealcaldesa primera, a la concejala Leire Martínez Flores.
  2. Designar segunda teniente de alcalde, vicealcaldesa segunda, a la concejala Eva María Frías Del Val.
  3. Designar tercera teniente de alcalde, vicealcaldesa tercera, a la concejala Leire Sáenz Verano.
  4. Designar cuarto teniente de alcalde, vicealcalde cuarto, al concejal Unai Bengoechea Múgica.
  5. Notificar personalmente la resolución al designado que, salvo manifestación expresa, se considerará aceptada tácitamente.
  6. Insertar anuncio en BOTHA y en tablón de edictos, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de la resolución por el alcalde. Igualmente se publicará en el tablón de edictos del Ayuntamiento.
  7. Dar cuenta al Pleno de esta resolución en la primera sesión que se celebre.

Asunto: Designación de representantes municipales competencia de la alcaldía.
Fecha: 26 de junio de 2023.

Por esto resuelvo:

  1. Designar representantes titulares y suplentes del Ayuntamiento de Oyón-Oion en los siguientes órganos colegiados a las concejalas y concejales que se indica:
    • Hermandad del Monte de Laguardia, Leire Martínez Flores, suplente José Manuel Villanueva Gutiérrez.
    • Comunidad de Regantes de Oyón-Oion: José Manuel Villanueva Gutiérrez, suplente Leire Martínez Flores.
    • Consejo de la Haur Eskola Nemo. Eva María Frías Del Val, suplente Leire Saenz Verano.
    • Ruta del Vino, Leire Martínez Flores, suplente José Manuel Villanueva Gutiérrez.
    • Consejo Escolar del Colegio Público Ramiro de Maeztu, Eva María Frías Del Val, suplente Leire Saenz Verano.
    • San Bizente ikastola, Soc. Coop. Unai Bengoechea Múgica, suplente Leire Martínez Flores.
    • Asociación de Desarrollo Rural de Rioja Alavesa, José Manuel Villanueva Gutiérrez, suplente Leire Martínez Flores.
    • Asamblea de EUDEL Euskadiko Udalaren Elkartea – Asociación de municipios vascos, José Manuel Villanueva Gutiérrez, suplente Leire Martínez Flores.
  2. Insertar anuncio en el tablón de edictos, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de la resolución por el alcalde.
  3. El ayuntamiento de Oyón-Oion solicitará a todas las instituciones, entidades y sociedades en las que nombra representante que indiquen expresamente si prevén satisfacer algún derecho económico o indemnización por asistencia a sus reuniones.

Asunto: Delegación genérica para autorizar matrimonios civiles.
Fecha: 26 de junio de 2023.

Antecedentes:

  1. Regulación normativa:
    1. Código Civil artículo 51.2. 1º. 
    2. Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, artículos 43.1 y 44.

Por esto resuelvo:

  1. Delegar genéricamente la atribución de autorizar matrimonios civiles en la totalidad de las concejalas y los concejales que integran el pleno.
  2. La delegación no implica que el delegante, la alcaldía, no pueda así mismo ejercer la atribución de autorizar matrimonios.
  3. Para que la delegación sea efectiva debe ser expresamente aceptada por las personas delegadas.
  4. Insertar anuncio en BOTHA y en tablón de edictos, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de la resolución por el alcalde. Igualmente se publicará en el tablón de edictos del Ayuntamiento.

    La totalidad de los concejales y las concejalas que integran el peno aceptan la delegación.

Asunto: Designación de integrantes de la mesa de contratación permanente de la alcaldía como órgano de contratación.
Fecha: 26 de junio de 2023.

Por esto resuelvo:

  1. Aprobar la siguiente composición de la mesa de contratación permanente de la alcaldía como órgano de contratación:
    1. Presidencia titular: primera teniente de alcalde, vicealcaldesa primera, a la concejala Leire Martínez Flores. Suplente: segunda teniente de alcalde, vicealcaldesa segunda, a la concejala Eva María Frías Del Val.
    2. Vocalía responsable de Secretaría – Intervención titular, Alfredo S. Sastre de Abajo. Suplente María Jesús Mansilla Delgado, funcionaria de carrera.
    3. Secretaría titular de la mesa, María Jesús Mansilla Delgado, funcionaria de carrera. Suplente de la mesa de contratación, Sara Martínez Gallego, funcionaria de carrera de la corporación.
  2. Publicar la composición de la mesa de contratación en el perfil de contratante del órgano de contratación correspondiente.

 

Asunto: Designación de autorizantes a realizar con su firma los pagos materiales contra las cuentas bancarias.
Fecha: 26 de junio de 2023.

Por esto resuelvo

  1. Aprobar la siguiente regulación de autorizantes a realizar con su firma los pagos materiales contra las cuentas bancarias.
    1. Las personas autorizantes y las funciones que desarrollan son:
      • Alcaldía – ordenación de pagos, José Manuel Villanueva Gutiérrez.
      • Secretaría - Intervención, Alfredo S. Sastre de Abajo
      • Tesorería, María Jesús Mansilla Delgado.
    2. El régimen de sustitución de los claveros al único efecto formal de autorizar con su firma los pagos materiales contra las cuentas bancarias es el siguiente: El alcalde - Ordenador de pagos, Jose Manuel Villanueva Gutiérrez, será sustituido por el concejal Leire Martínez Flores mayor de edad, y proclamado concejal electo para el municipio de Oyón-Oion en las elecciones locales de 2023. Tomó posesión de su cargo de concejala en la sesión constitutiva de la corporación celebrada el 17 de junio de 2023. El secretario - interventor, Alfredo S. Sastre de Abajo será sustituido por la funcionaria de la corporación, la administrativa María Pilar Santo Domingo Azpillaga. La Tesorera, María Jesús Mansilla Delgado, será sustituida por la funcionaria de la corporación, la administrativa Sara Martínez Gallego. Las sustituciones operarán automáticamente sin necesidad de comunicación previa a la entidad bancaria.
    3. El presente régimen de designación de claveros estará vigente hasta la revocación de los claveros titulares o suplentes de sus puestos. Este régimen de designación es fruto de las elecciones de 28 de mayo de 2023.
  2. Comunicar a Diputación Foral de Álava, Servicio de Administración Local y dar las instrucciones oportunas para que esta designación de autorizantes sea tenida en cuenta por las entidades financieras en las que este ayuntamiento tiene cuenta bancaria.

15. Aplicación de régimen de dedicación a integrantes de la corporación.

Propuesta de la alcaldía de aplicación de régimen de dedicación:

Puesto y
Porcentaje sobre
modulo
Sueldo
Bruto
Mensual
 Sueldo
Bruto
Anual
Cuota
Patronal
SS /mes

Cuota
Patronal
SS /año

Total,
año

 Alcaldía (85 %)

1.926,10 26.965,40 808,63 9.703,56 36.668,96
1ª Vicealcaldía (65 %) 1.139,00 15.946,00 397,65 4.771,80 20.717,80

 

Sr. Layana Rio (PSE-EE (PSOE)) sugiere que se incluya el último documento repartido que resulta más claro.
Sr. Inclán Gil: No entendemos el último cambio.
Sr. Tarragona Elejalde (EAJ-PNV): Esta propuesta nos parece una incongruencia. Y me remito a lo que manifestaste hace cuatro años cuando se trató sobre las liberaciones en la sesión organizativa. Da lectura a lo manifestado por el actual alcalde. Dijiste que era excesivo que un ayuntamiento como Oyón-Oion liberara a dos personas y por eso tu grupo votó en contra. Y ahora tu propones lo mismo. Aun y todo con la propuesta anterior nos íbamos a abstener.
Sr. alcalde: Me ha convencido que en Oion hacen falta dos personas liberadas y por eso te pido que seas consecuente con lo que votasteis hace cuatro años y votes a favor de la liberación de dos personas.
Sr. Tarragona Elejalde (EAJ-PNV): Yo también te pido que seas consecuente con tu postura de hace cuatro años que decías que no hacían falta dos personas liberadas para este ayuntamiento.

Antecedentes

  1. Regulación normativa:
    1. a. Ley 7/85. Art. 75.
    2. LILE art. 32. 3 y 4
    3. Norma municipal de ejecución presupuestaria 2023.
  2. Las retribuciones de los integrantes de la Corporación que desempeñen su cargo con dedicación parcial o exclusiva, en cuyo caso serán dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social, asumiendo la Corporación el pago de las cuotas empresariales que corresponda, serán las que señalan los puntos siguientes, y sólo serán aplicables previa consignación presupuestaria.
  3. El corporativo en régimen de dedicación parcial no podrá percibir indemnización alguna por asistencia a sesiones de pleno, junta de gobierno y comisiones. Por el contrario, tendrá derecho a percibir indemnizaciones por los gastos ocasionados (gastos de viajes, desplazamiento y manutención) por el ejercicio de sus funciones, siempre que sean efectivos, que realmente se hayan producido y que estén justificados documentalmente.
  4. El corporativo en régimen de dedicación parcial será dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social, y asumirá la corporación municipal el pago de las cuotas empresariales que correspondan.
  5. El artículo 75 ter. Limitación en el número de los cargos públicos de las EELL con dedicación exclusiva señala que de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de esta Ley, la prestación de servicios en los ayuntamientos en régimen de dedicación exclusiva por parte de sus integrantes deberá ajustarse en todo caso a los siguientes límites: En los ayuntamientos de municipios con población comprendida entre 3.001 y 10.000 habitantes, los integrantes que podrán prestar sus servicios en régimen de dedicación exclusiva no excederá de tres.
  6. El régimen de dedicación mínima del titular de la alcaldía es 30 horas semanales. La retribución bruta anual prevista ascendería a 26.965,40 euros pagaderos en 14 mensualidades. La cuota de Seguridad Social que corresponde a abonar por este integrante con dedicación parcial asciende a 9.703,56 euros. El integrante de la corporación al que se propone liberar es perceptor de pensión por incapacidad permanente para el desarrollo de su profesión habitual que es compatible con la retribución en régimen de dedicación parcial.
  7. El régimen de dedicación mínima de la primera tenencia de alcaldía, vice alcaldía primera para la percepción de tales retribuciones es 30 horas semanales. La retribución bruta anual prevista ascendería a 15.925 euros pagaderos en 14 mensualidades. La cuota de Seguridad Social que corresponde a abonar por este integrante con dedicación parcial asciende a 4.771,80 euros.
  8. La aplicación del régimen dedicación total o parcial se someterá a información pública mediante inserción de anuncio en el BOTHA, y en el tablón municipal de anuncios.

Se acuerda:

  1. Aplicar al titular de la alcaldía el régimen de dedicación parcial lo que supone que quedará afectado por la normativa vigente en materia de incompatibilidades para cargos públicos municipales.
  2. Aplicar a la titular de la primera tenencia de alcaldía, vice alcaldía primera el régimen de dedicación parcial, quedando afectada por la normativa vigente en materia de incompatibilidades para cargos públicos municipales.
  3. Los corporativos en régimen de dedicación parcial no podrán percibir indemnización alguna por asistencia a sesiones de órganos colegiados. Por el contrario, tendrá derecho a percibir indemnizaciones por los gastos ocasionados (gastos de viajes, desplazamiento y manutención) por el ejercicio de sus funciones, siempre que sean efectivos, que realmente se hayan producido y que estén justificados documentalmente.
  4. Los corporativos en régimen de dedicación parcial serán dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social, asumiendo la Corporación municipal el pago de las cuotas empresariales que correspondan, con el contenido y alcance previstos en el artículo 75 de la Ley 7/85 en la redacción dada por la Ley 11/1999, de 21 de abril.
  5. El régimen de dedicación mínima para la percepción de tales retribuciones es 30 horas semanales.
  6. Fijar una retribución mensual para el corporativo en régimen de dedicación parcial equivalente.
  7. Dotar de eficacia a este acuerdo a partir de 17 de junio de 2023 para el titular de la alcaldía y hasta la fecha de finalización de este mandato corporativo.
  8. Dotar de eficacia a este acuerdo a partir de 1 de julio de 2023 para la titular de la primera tenencia de alcaldía y hasta la fecha de finalización de este mandato corporativo.
  9. El presente régimen de indemnizaciones podrá ser modificado por acuerdo de pleno.
  10. Someter a información pública mediante inserción d en el BOTHA, y en el tablón municipal de anuncios.

Votos a favor: 5 (cinco); Jose Manuel Villanueva Gutiérrez (Eh Bildu Oion Oion), Leire Martínez Flores (Eh Bildu Oion Oion), Eva María Frías Del Val (Eh Bildu Oion Oion), Leire Saenz Verano (Eh Bildu Oion Oion) y Unai Bengoechea Múgica (Eh Bildu Oion Oion).
Votos en contra: 3 (tres); José Antonio Tarragona Elejalde (EAJ-PNV), Kontxi Villanueva Gutiérrez (EAJ-PNV) y Sergio Rozas Núñez (EAJ-PNV).
Abstenciones: 3 (tres); Eduardo Inclán Gil (PP), Rosa Vázquez Iglesias (PP) y Oscar Layana Río (PSE-EE (PSOE)).